- Motocicletas con o sin sidecar de cilindrada no superior a 125 cm3 con una potencia máxima de 11 Kw. y una relación masa/potencia no superior a 0,1 kilovatio por kilogramo. - Vehículos para personas de movilidad reducida. - Vehículos de tres ruedas y cuadriciclos cuya potencia máxima no exceda de 15 Kw. La obtención del permiso de la clase A1, implica la concesión del permiso AM. Autorizando por tanto a conducir los mismos vehículos que éste.
- Examen teórico común.* - Examen teórico especifico de motocicletas. - Examen practico de maniobras en circuito cerrado. - Examen practico de circulación en vías públicas abiertas al tráfico en general. *Todo aspirante que sea titular del permiso de la clase B estará exento de la prueba de teórica común. Observaciones: Todo titular de un permiso de conducción de la clase B con una antigüedad superior a tres años, estará autorizado en territorio nacional para conducir motocicletas de cilindrada no superior a 125 cm3.
- Motocicletas con o sin sidecar, con una potencia máxima de hasta 35 Kw. y una relación masa/potencia de hasta 0,2 kilovatios por kilogramo. y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia - El arrastre de un remolque o semiremolque cuya M.M.A no supere el 50 por ciento de la masa en vació del vehículo tractor. - Todos los permitidos con los permisos AM y A1.* *La obtención del permiso A2, implica la concesión del AM y A1. Autorizando por tanto la conducción de los mismos vehículos que estos.
- Examen teórico común.1 - Examen teórico especifico de motocicletas.2 - Examen practico de maniobras en circuito cerrado.3 - Examen practico de circulación en vías públicas abiertas al tráfico en general. 1. Todo aspirante que sea titular de los permisos de la clase B o A1 estará exento de la prueba de teórica común. 2. Todo aspirante que sea titular del permiso de la clase A1 estará exento de la prueba de teórica del específico de motocicleta. 3. Todo aspirante que sea titular del permiso de la clase A1 estará exento de la prueba de maniobras en circuito cerrado.
- Toda clase de motocicletas con o sin sidecar. - Vehículos de tres ruedas. - Cuadriciclos. - El arrastre de un remolque o semiremolque cuya M.M.A no supere el 50 por ciento de la masa en vació del vehículo tractor.
- Actualmente la Dirección General de Trafico no tiene definidas las pruebas a realizar
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